Información sobre el servicio de atención al cliente

Diagonal asset management, SGIIC, S.A. dispone de un Reglamento para la Defensa del Cliente que regula la actividad del Servicio de Atención al Cliente, así como el procedimiento para la presentación y tramitación de las quejas y reclamaciones. Los clientes pueden presentar sus reclamaciones o quejas en primera instancia, al titular del Servicio de Atención al Cliente:

Una vez interpuesta la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente, si la respuesta no hubiera sido satisfactoria o si hubiera transcurrido un plazo de dos meses desde la presentación de la reclamación sin haber recibido respuesta, el cliente podrá dirigirse a la OFICINA DE ATENCIÓN AL INVERSOR DE LA CNMV sita en C/ Edison 4, 28006 Madrid.

Formulario ante la CNMV: consultar aquí.

Referencias a la normativa

  • Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero, modificada por la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de economía sostenible.
  • Orden ECO/734/2004 de 11 de marzo (B.O.E. del 24 de marzo), sobre Departamentos y Servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras.
  • Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Pensiones.
  • Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores.
  • Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.